Guadalajara, Jalisco.
Una sanción de prisión de 1 a 8 años y una multa económica es la reforma al Código Penal que aprobó el Congreso de Jalisco, en donde se incluye como delito los contenidos de naturaleza sexual creados por Inteligencia Artificial (IA) sin el consentimiento de la persona representada -los denominados deepfakes-.
Congreso de Jalisco aprueba reforma para sancionar deepfakes generados por IA
En la sesión del Congreso más reciente se aprobó en forma unánime la reforma al artículo 176 bis del Código Penal del Estado, presentada por el diputado de Hagamos, Tonatiuh Bravo Padilla, quien explicó que lo que esta reforma defiende es concreto: la dignidad, la intimidad y la vida privada de cualquier persona que pueda ser víctima de este tipo de agresión digital.
“El grupo parlamentario de Hagamos preocupado por la irrupción de la IA y de software que están circulando incluso entre niños, en la educación básica, en secundaria y en preparatorias
...Que tienen como propósito utilizar la IA para crear contenidos que violentan la individualidad y la vida sexual de las personas, crean -a través de estos programas- imágenes que vulneran la privacidad de la vida sexual de las personas, contra su voluntad e incurren en un acoso”, explicó. 1.12
Impacto y consecuencias de los deepfakes en la sociedad jalisciense
Las consecuencias documentadas para quien se difunde su imagen falsa son devastadoras —vergüenza, ansiedad, depresión y opresión pública— y se agravan cuando la tecnología se convierte en instrumento de extorsión. Una persona puede recibir en su celular el contenido falso junto con una exigencia bajo amenaza de difundirlo masivamente.
El diputado Bravo Padilla dijo que son las mujeres quienes enfrentan este riesgo de forma desproporcionada, por lo que la reforma tiene también una dimensión central de protección frente a la violencia de género.
La reforma amplía el alcance de la denominada Ley Olimpia, que ya sancionaba la difusión no consentida de imágenes o videos sexuales manipulados o alterados.
Sin embargo, los deepfakes generados desde cero —sin partir de un contenido real previo— no podían considerarse estrictamente 'manipulados' ni 'alterados', lo que generaba una laguna jurídica que impedía proteger a las víctimas con base en el principio constitucional de taxatividad penal establecido en el artículo 14 de la Constitución.
Hay un caso internacional registrado en 2024 que ilustra lo que ocurre cuando la ley no es suficientemente precisa. En Córdoba, Argentina, un joven de 19 años generó y publicó imágenes pornográficas falsas de 16 de sus compañeras de colegio.
Ante la ausencia de tipo penal específico, el fiscal debió encuadrar la conducta en “lesiones graves calificadas por violencia de género”.
De esta forma, Jalisco le pone freno a que la IA sea usada para agredir a mujeres con imágenes fabricadas.
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