Guadalajara, Jalisco.
Las y los trabajadores en Jalisco que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio fiscal anterior tienen derecho a recibir el pago de utilidades, prestación que corresponde al 10 por ciento de las ganancias obtenidas por las empresas durante el año previo.
Este beneficio aplica para empleados de base, de confianza, eventuales, extrabajadores que cumplan con el tiempo requerido y personas que estuvieron en incapacidad temporal por maternidad o paternidad.
Derecho y exclusiones en el pago de utilidades
La legislación laboral establece que no todas las personas pueden acceder a esta prestación. Quedan excluidos directores, administradores, gerentes generales, socios, accionistas y quienes prestan servicios bajo el esquema de honorarios, debido al tipo de relación laboral que mantienen con las empresas o patrones.
Plazos y asesoría para el pago de utilidades
Las autoridades también recordaron los plazos para el cumplimiento de este derecho. En el caso de trabajadores contratados por empresas constituidas como personas morales, la fecha límite para recibir el pago es el 30 de mayo; mientras que quienes laboran para una persona física tienen hasta el 29 de junio.
Para quienes tengan dudas, no hayan recibido el pago o consideren que existe un incumplimiento, la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo y el Centro de Conciliación Laboral Jalisco ofrecen asesoría gratuita y orientación legal para apoyar a las y los trabajadores en el proceso de reclamación y defensa de sus derechos laborales.
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