Suman 48 colonias al decreto para recibir descuento por agua turbia o escasez
Archivo | EFE/ Francisco Guasco




Guadalajara, Jalisco.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco presentó el cuarto listado de colonias en las que se han registrado quejas relacionadas con el desabasto y la calidad del agua potable, en cumplimiento del Decreto publicado el 27 de julio de en el periódico oficial.

El listado comprende 48 colonias de Guadalajara, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan, identificadas a partir de los asuntos recibidos por esta defensoría en octubre.

En ese lapso, la CEDHJ recibió 36 quejas relacionadas con el suministro y la calidad del agua potable, cuatro de ellas de carácter colectivo. De las 48 colonias incluidas, 37 corresponden a Guadalajara, cinco a San Pedro Tlaquepaque, cuatro a Tonalá y tres a Zapopan.

  • La información permite identificar las colonias donde las personas han acudido a la Comisión para exponer situaciones relacionadas con el acceso al agua potable. Su integración y entrega responden al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el decreto referido.
Suman 48 colonias al decreto para recibir descuento por agua turbia o escasez

Fotografía: cortesía

Alcance y limitaciones del listado de la CEDHJ

La CEDHJ precisa que este listado tiene un carácter exclusivamente informativo y no constituye una evaluación técnica sobre la calidad del agua, una certificación de las condiciones del servicio ni una determinación administrativa respecto de las colonias señaladas.

Como organismo defensor de los derechos humanos, la Comisión no cuenta con atribuciones para verificar o certificar las condiciones operativas del servicio público de agua potable, ni para determinar técnicamente el cumplimiento de los supuestos previstos en el decreto.

Por ello, la inclusión de una colonia obedece a la existencia de quejas relacionadas con esta problemática y no implica, por sí misma, que se hayan acreditado técnicamente las condiciones del suministro o de la calidad del agua.

Corresponde a las autoridades e instancias competentes realizar las valoraciones técnicas, operativas, jurídicas y administrativas que procedan, así como determinar, conforme al marco normativo aplicable, la procedencia de los beneficios contemplados en el decreto. La información remitida por la CEDHJ no constituye un criterio de elegibilidad, dictamen técnico, certificación institucional ni resolución sobre dichos beneficios.

La Comisión refrenda su compromiso con la defensa del derecho humano al agua, indispensable para la salud, la dignidad y el bienestar de las personas. Desde el ámbito de sus atribuciones, continuará atendiendo las quejas que se presenten y colaborando institucionalmente para contribuir a la protección de los derechos humanos de la población.


Elizabeth Ortiz