Confirman que en Zapopan solo competirán a la alcaldía mujeres de grupos excluidos
Foto: Ignacio Pérez Vega




Guadalajara, Jalisco.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que, para la elección a la presidencia municipal de Zapopan en junio de 2027, solo podrán ser candidatas mujeres que pertenezcan a pueblos originarios, que tengan una discapacidad o que formen parte de la diversidad sexual.

Este fallo confirma la resolución que había dictado el Tribunal Electoral del Estado, que reservó las candidaturas de Zapopan para mujeres que pertenezcan a grupos históricamente desprotegidos o excluidos.

Mario Alberto Pérez Galván, secretario de Estudio y Cuenta del TEPJF, presentó el fallo, durante la sesión efectuada la mañana de este jueves, en la Sala Regional Guadalajara:

Detalles confirmados sobre la medida afirmativa en Zapopan

"Se estima apegado a derecho el reforzamiento de la medida afirmativa para el municipio de Zapopan dictado por el Tribunal local

...En el proyecto se sostiene que exigir que la candidatura a la presidencia municipal en dicho ayuntamiento recaiga en una mujer que además sea indígena, con discapacidad, o pertenezca a la diversidad sexual, es una medida proporcional o necesaria. Lo anterior, debido a la relevancia política de la demarcación y...

A la necesidad de corregir una exclusión estructural persistente mediante un enfoque de interseccionalidad".

Explicó.

La magistrada presidenta de la Sala Regional Guadalajara, Rebeca Barrera Amador, explicó que en menos de un mes resolvieron 776 medios de impugnación, presentados por partidos políticos, colectivos y ciudadanos, entre ellos Morena y el PRI.

¿Qué declararon las autoridades sobre el fallo y sus implicaciones?

Rebeca Barrera dijo que el fallo no vulnera el derecho a acceder a un cargo de elección popular a los hombres, pues pueden postularse a las regidurías y señaló que tampoco se afecta el derecho de los partidos políticos a postular las candidaturas, ya que “este principio no es absoluto y debe armonizarse en cumplimiento de la paridad sustantiva”.

"Estos lineamientos traen consigo el respecto irrestricto del artículo primero constitucional, que establece y es el fundamento de la no discriminación, en diferentes vertientes

...Por origen étnico, discapacidad, sexo u origen sexual, edad, etcétera y el deber de todas las autoridades de promover, proteger y garantizar los derechos humanos, bajo el principio de progresividad", subrayó.

La Sala Regional Guadalajara expresó un reconocimiento al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), al emitir los lineamientos para garantizar la paridad de género y no discriminación, que establece que en otros siete municipios de Jalisco solo podrán competir candidatas mujeres a las alcaldías.

Los municipios son: Tonalá, Chapala, Ixtlahuacán de los Membrillos, Autlán, San Juan de los Lagos, La Barca y Poncitlán.

Los partidos políticos aún pueden recurrir como última instancia a la Sala Superior del TEPJF.


Ignacio Pérez Vega