Guadalajara, Jalisco.
En sesión del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco los consejeros declaran infundados y ratifican que se postulen exclusivamente mujeres para encabezar las planillas municipales en ocho ayuntamientos durante el proceso electoral del 2027.
- Entre los municipios donde deberá cumplirse esta medida se encuentran Zapopan, Tonalá, Chapala, Poncitlán, Lagos de Moreno, La Barca, Autlán de Navarro e Ixtlahuacán de los Membrillos.
Resolución del Tribunal Electoral y análisis de la impugnación
La resolución se dio al analizar una impugnación 07/25 presentada por el partido Morena contra los lineamientos aprobados por la autoridad electoral estatal. El partido argumentó que la medida afectaba la autodeterminación de los institutos políticos y el derecho a la reelección; sin embargo, los magistrados consideraron infundados esos señalamientos.
El tribunal determinó que la disposición tiene sustento legal y responde a la necesidad de fortalecer el principio de paridad de género y reducir la desigualdad histórica en el acceso de las mujeres a cargos de elección popular, por lo que la obligación de postular candidatas en esos municipios se mantiene vigente.
Beatriz Godínez, relatora:
“En el proyecto se propone revocar parcialmente el acuerdo impugnado en razón de las siguientes consideraciones:
respecto de los agravios identificados como primero, tercero, cuarto y quinto en los que el partido recurrente aduce la supuesta violación al principio de legalidad de reserva de ley,
límites de la competencia reglamentaria de la autoridad responsable, inexistencia de motivación suficiente, afectación a principio de equidad y generación discriminación directa contra las mujeres así como violación al derecho de reelección inmediata al
imponer la obligación específica a partidos políticos y coaliciones de postular de manera exclusiva candidaturas femeninas para encabezar las planillas en ocho municipios transgrediendo dichos principios se propone declararlos infundados”.
Lineamientos del IEPC y vigencia de la medida
Los lineamientos fueron emitidos por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco para el proceso electoral del 2027. Aunque la sentencia revoca parcialmente el acuerdo impugnado, el tribunal solo ordenó ajustes en algunos criterios técnicos,
sin modificar la disposición que obliga a que en esos ocho municipios las candidaturas a la presidencia municipal sean encabezadas por mujeres.
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