La doble función del titular del Ipejal es ilegal
Pablo Fernando Quesada Gómez. Redes sociales




Guadalajara, Jalisco.

Porque es incompatible con su función pública y sí afecta el ejercicio de sus responsabilidades, el cargo de Pablo Fernando Quesada Gómez como titular del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (Ipejal) es ilegal, ya que al mismo tiempo es parte del Consejo de Administración del Banco Santander.

Aunque el Instituto afirmó a través de una ficha informativa que “no existe ningún impedimento legal” para que Quesada Gómez sea partícipe en la toma de decisiones de Santander, la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece lo contrario.

La doble función del titular del Ipejal es ilegal

La doble función del titular del Ipejal es ilegal

En su artículo 7, dicho estatuto deja en claro que las personas servidoras públicas observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos. 

Y precisamente para que esos principios apliquen, se establece una serie de directrices.

La doble función del titular del Ipejal es ilegal

La número 10 deja en claro que deberán abstenerse 

“de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón de intereses personales o familiares”.

Al tener bajo su responsabilidad el buen destino de los recursos de los trabajadores del Estado, a fin de garantizarles una pensión digna y servicios de salud de calidad, la posición de Fernando Quesada en banco Santander deja en claro que hay una sociedad con inversionistas.

La doble función del titular del Ipejal es ilegal

Adicionalmente, la directriz 11 obliga a los funcionarios públicos del país a 

“separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público, y que constituyan conflicto de interés (…) previo a la asunción de cualquier empleo, cargo o comisión”.

Este medio solicitó al Ipejal una postura sobre la situación de su titular.

La dependencia respondió que no existe conflicto de interés y remitió la ficha informativa en la que sostiene que no hay impedimento legal.

  • También se buscó directamente a Pablo Fernando Quesada Gómez para conocer su posición, pero hasta la transmisión de esta información no se obtuvo respuesta.

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