Por: Alejandro Pelayo
La Ley de violencia vicaria es un término que suena complicado de explicar para las personas que no tienen conocimiento general de las leyes en México.
Por lo que en esta entrevista me di a la tarea de resolver dudas básicas sobre esta ley para aclarar el concepto y obtener certeza sobre un tema que puede llegar a ser polémico en ocasiones.
La Doctora en Derecho Jetsabel Anahí Pelayo Torres, abogada de profesión y con una línea de investigación en derechos humanos, acceso a la justicia y cultura de la legalidad.
Es quien comparte conmigo en esta entrevista varios detalles que facilitan el entender más a fondo el funcionamiento de esta ley y su correcta aplicación tanto para hombres como mujeres.
¿Cómo se puede definir la violencia vicaria?
"Mira, la violencia vicaria coloquialmente es como se le conoce, legalmente tiene otro nombre y se le regula como violencia por interpósita persona"
¿Por qué? Porque básicamente estamos hablando de un tipo de violencia que genera la expareja de una mujer hacia la mujer, pero no es una violencia directa, sino que la hace a través de los hijos.
Muchas veces es con cuestiones de amenazas, en el sentido de “te voy a quitar a los hijos” o limitando ciertas cuestiones económicas como puede ser la pensión, también generando cierta alienación o dando cierto mensaje de odio hacia los hijos de las mujeres con la intención de hacer que los hijos se alejen de la mujer y de esa manera, pues, generarle ese acto de violencia.
No estamos hablando de una violencia física donde pueda haber golpes, pero sí, a lo mejor, de una violencia que se genera más en un sentido psicológico, una violencia simbólica, una violencia económica estructural.
¿Qué hace diferente a esta de otras leyes de protección a la mujer o a la familia?
Todavía hay un vacío legal enorme en cuanto a la protección que se tiene de la violencia vicaria. ¿Por qué es diferente? Por la complejidad que tiene esta violencia, y que muchas veces es difícil distinguir este tipo de violencias que no son tan visibles físicamente.
Muchas veces no se identifica y muchas veces hasta lo normalizan, entonces hace que incluso dejes en un estado de indefensión a la víctima, porque no se identifica como víctima y lo empiezan a normalizar.
Por lo tanto, eso empieza a generar una situación en la que ya lo identifican más como una forma de ser de la sociedad; eso es lo que hace que necesiten esa protección.
¿El hombre está excluido de usar esta ley ya que está enfocada en la protección de las mujeres?
Ahora, si un hombre sufre de este tipo de violencia y acude al sistema judicial, se le va a dar el tratamiento de una víctima sin ningún problema, solo que no se le promueve la violencia vicaria en general.
Tampoco es que queden desprotegidos por la ley, porque al final de cuentas, víctima es víctima. Pero en la cuestión de promoción y de difusión, pues siempre vamos a resaltar más hacia la cuestión de género, porque es donde más se perciben este tipo de violencias.
El sentido de la entrevista es conocer lo que es la violencia vicaria, los motivos por los que es considerada un delito y que, como todo delito, tiene consecuencias al ser cometido.
En este caso, las penalizaciones van desde obligar a la víctima a tomar cursos de reeducación sobre la violencia de género, quitarle la custodia temporal o permanentemente, hasta tiempo en prisión que va desde los 3 a los 7 años según el estado de la República Mexicana.
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